Abogados de Bancarrota del Capítulo 7 en Astoria

Ayudar a los clientes a aliviarse de sus deudas

En Estados Unidos se habla mucho de la «responsabilidad personal» y de la idea de que basta con trabajar duro para salir adelante. Pero quienes han tenido que lidiar con las deudas saben que la realidad es más compleja. Mucha gente se endeuda por circunstancias que escapan a su control: facturas médicas, la pérdida del empleo o, simplemente, el alto coste de la vida en un lugar como Nueva York.

Si te sientes abrumado por las deudas, no estás solo, y puede que haya una salida. Para muchos, la quiebra supone un nuevo comienzo financiero.

Declararse en quiebra es una decisión importante. Pero no hay que verlo como un fracaso. A veces, la quiebra es la opción más responsable cuando tu situación actual es insostenible. Si el esfuerzo por sí solo no basta para superar tus problemas económicos, es hora de explorar las opciones legales.

En Ortiz & Ortiz, LLP, estamos orgullosos de atender a clientes de toda Astoria, incluyendo los barrios de Astoria Heights y Ditmars-Steinway, y de los cinco distritos de la ciudad de Nueva York. Nuestros abogados especializados en quiebras del Capítulo 7 cuentan con décadas de experiencia ayudando a la gente a lidiar con el proceso de quiebra y a dar los pasos necesarios para alcanzar la libertad financiera. Podemos ayudarte a poner fin al acoso de los acreedores, activar una suspensión automática y eliminar muchas formas de deuda.

Para saber más sobre tus opciones y si el Capítulo 7 es adecuado para ti, ponte en contacto con nuestro bufete para programar una consulta confidencial.

¿Quién puede acogerse al Capítulo 7 de la Ley de Quiebras?

La mayoría de los residentes en EE. UU. que tienen propiedades o hacen negocios en el país pueden acogerse al Capítulo 7. Sin embargo, hay algunas restricciones. Por ejemplo, si no has superado la prueba de recursos o tienes unos ingresos disponibles importantes, es posible que no cumplas los requisitos.

Otros factores que descalifican son los casos de quiebra desestimados recientemente o la condonación previa de deudas mediante el Capítulo 7 o el Capítulo 13 en los últimos seis años. El asesoramiento crediticio por parte de una agencia sin ánimo de lucro autorizada también es un requisito previo.

Además, el Capítulo 7 no puede utilizarse para eludir deudas derivadas de fraude o delito intencionado.

¿Qué es la prueba de recursos?

La evaluación de recursos económicos determina si tus ingresos son lo suficientemente bajos como para que puedas acogerte al Capítulo 7. Si los ingresos de tu hogar están por debajo de la mediana de Nueva York, es probable que cumplas los requisitos. Si están por encima, es posible que te orienten hacia el Capítulo 13.

Esta prueba tiene en cuenta tus ingresos familiares medios anuales. Por ejemplo, si presentas la declaración como soltero y ganas menos de unos 47 000 dólares al año, es posible que superes la prueba.

Están exentos los veteranos del ejército estadounidense y determinados miembros de la defensa nacional.

Deudas que pueden eliminarse

El Capítulo 7 puede ayudar a liquidar varios tipos de deudas no garantizadas, como:

  • Deudas de tarjetas de crédito
  • Facturas médicas
  • Préstamos personales
  • Facturas de servicios públicos
  • Alquileres atrasados
  • Deudas de empresas y préstamos de coches
  • Determinadas deudas tributarias (en algunos casos)

Deudas que normalmente no pueden liquidarse

  • Préstamos a estudiantes
  • Manutención de los hijos y pensión alimenticia
  • Tasas judiciales y multas
  • Deudas por fraude o daño intencionado
  • La mayoría de los impuestos y sanciones impuestos por el gobierno
  • Deudas por acuerdos de divorcio
  • Deudas de planes 401(k) y de pensiones

¿Qué bienes puedes conservar?

El Capítulo 7 implica la liquidación, pero muchos bienes están exentos en virtud de la ley federal o estatal. Según lo que elijas, podrás conservar:

En Exenciones federales:

  • Hasta 4.000 $ de capital en vehículos de motor
  • 13.400 $ en bienes muebles
  • 25.150 $ de capital inmobiliario

Según las Exenciones del Estado de Nueva York:

  • Hasta 4.550 $ de valor del vehículo
  • Hasta 3.400 $ en herramientas de tu oficio
  • Hasta 179.950 $ de capital inmobiliario en el condado de Queens (sujeto a cambios)

Habla con un abogado especializado en quiebras para evaluar tu situación individual y determinar qué exenciones se aplican.

Cómo puede ayudar un abogado especializado en quiebras

La ley de quiebras es compleja, y los errores pueden retrasar o hacer descarrilar tu caso. Un abogado puede orientarte, ocuparse del papeleo y asegurarse de que recibes las protecciones que ofrece la ley, como detener a los acreedores mediante una suspensión automática.

Si no tienes claro en qué consiste el Capítulo 7 o si es la opción adecuada para ti, un abogado especializado en quiebras que trabaje en Astoria puede ayudarte a analizar tus opciones y ofrecerte consejos adaptados a tu situación.

Contacta con un abogado especializado en quiebras de Astoria, NY

No importa cómo hayas acabado endeudado, ya sea por una lesión, por haber perdido el trabajo o por las dificultades económicas causadas por la inflación. Lo que importa es encontrar una salida. La quiebra puede ser el salvavidas que necesitas.

En Ortiz & Ortiz, LLP, atendemos a clientes de Astoria y de toda la ciudad de Nueva York. Creemos que, con el equipo jurídico adecuado, la quiebra no tiene por qué ser una experiencia que dé miedo o de la que avergonzarse.

Llámanos al 916-796-1858 para concertar una consulta confidencial y dar el primer paso hacia la libertad financiera.