Si tiene deudas y no ve la manera de salir de ellas, probablemente se esté preguntando: ¿Puedo ir a la cárcel por deudas en Estados Unidos? En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber al respecto. Siga leyendo.

En Ortiz y Ortiz tenemos abogados de bancarrota de la ciudad de Nueva York que han estado sirviendo a la comunidad por más de 30 años. Nuestros expertos financieros y en quiebras están listos para ayudarle en lo que necesite. Póngase en contacto con nosotros y cuéntenos su caso, ¡estaremos encantados de atenderle!

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¿De verdad puedo ir a la cárcel por deudas en Estados Unidos en 2022?

No poder pagar sus deudas puede estar causándole mucha ansiedad, angustia y preocupación. Preguntas como «¿Qué puede pasar si no pago mis deudas? ¿Puedo ir a la cárcel por las deudas?» pueden preocuparte mucho. En este artículo analizaremos caso por caso qué ocurre con el impago de deudas y qué tipos de deudas pueden acarrear una pena de cárcel. Pero antes, veamos en qué consisten las prisiones de deudores.

¿Siguen existiendo las cárceles de deudores?

Hasta mediados del siglo XIX, en Estados Unidos las prisiones de deudores eran una realidad. Los prestamistas los utilizaban para encarcelar a los pobres que no estaban al corriente de sus cuentas. ¿Se imagina que hoy sólo hubiera cárceles para deudores?

Veamos qué ha pasado con las cárceles de deudores:

  • En el siglo XIX, concretamente en el año 1833, se eliminó la prisión por deudas a nivel federal por decisión del Tribunal Supremo;
  • Sin embargo, todavía hay estados en Estados Unidos donde los acreedores utilizan la amenaza de la cárcel para intimidar a los deudores y obligarles a pagar sus deudas.
  • ¿Cómo funciona? No vas a la cárcel por la deuda en sí, sino por desacato a la orden judicial.
  • Lo que hacen las empresas de cobro o los acreedores es demandar al deudor por no pagar sus deudas. Y cuando el deudor no comparece ante el tribunal, el juez emite una orden de detención.

Se trata de una práctica cada vez más extendida en algunos estados de Estados Unidos, como Ohio, Misuri, Minnesota, Illinois y Pensilvania. La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) llegó a denunciar una «criminalización de la pobreza» y señaló que miles de personas son enviadas a prisión cada año por este motivo.

¿Por qué tipo de deudas puedo ir a la cárcel en Estados Unidos?

1. Deudas civiles

Lo dijimos unas líneas más arriba. Actualmente, ha resurgido la posibilidad de penas de cárcel para los deudores. En algunos estados, donde todavía se utiliza la cárcel como método para hacer pagar a la gente, los deudores pueden acabar yendo a la cárcel. Pero no van a por sus deudas precisamente, sino porque no se presentan en el juzgado cuando los acreedores o prestamistas se lo exigen.

Nota: Consulte nuestra entrada del blog «Demandado por deudas» para obtener más información sobre el tema.

¿Qué es una deuda civil?

Antes de entender un poco más cómo los deudores pueden acabar o no en la cárcel, analizaremos a qué nos referimos cuando hablamos de deuda civil.

  • La deuda civil es la que se contrae como individuo, personalmente.
  • Se trata, en definitiva, de un contrato entre particulares. Entre usted y la institución o entidad financiera que le concedió el crédito o servicio que debe.
  • Algunas deudas civiles son: préstamos personales, nóminas, hipotecas, tarjetas de crédito, impago del alquiler, facturas médicas, la factura de la autopista o de los servicios públicos.

En Estados Unidos, según la legislación federal, las deudas civiles impagadas no se castigan con penas de prisión. De hecho, las leyes federales y estatales de cobro al consumidor prohíben a los cobradores de deudas amenazar con acciones penales si usted se niega a pagar una deuda. Y, para garantizar su cumplimiento, existe la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA).

Si tiene una deuda civil, probablemente le perseguirán empresas de cobro y acreedores. Le ordenarán que pague. Pueden imponerle una multa, embargarle sus bienes, su salario o incluso su devolución de impuestos. Aunque la deuda sea por un importe muy elevado, ese acreedor o prestamista no puede meterte en la cárcel por no pagar la deuda.

Nota: Si quieres profundizar en las deudas civiles, te recomiendo nuestro artículo: qué pasa si no pago un pagaré. Y si cree que tiene deudas, pero no sabe a qué nivel, lea Cómo saber si tengo deudas en Estados Unidos.

2. Préstamos para estudiantes

Muchas personas adquieren cientos de miles de dólares en préstamos estudiantiles y luego se ven desbordadas cuando llega el momento de pagar. A la pregunta de si se puede ir a la cárcel por no devolver un préstamo estudiantil, la respuesta es no. El préstamo estudiantil se considera una deuda civil. Y, como tal, cuando incumples el pago, estás incumpliendo el contrato privado que hiciste con ese acreedor.

Teniendo en cuenta que te niegas a devolver el préstamo estudiantil, los acreedores utilizarán otras vías para cobrar la deuda.

Algunos de estos caminos son:

  • Reclamarán el reembolso de la deuda al Departamento de Justicia de EE.UU.
  • Intentar cobrar la deuda por vía judicial.
  • Te pueden demandar por no pagar tus deudas estudiantiles. En ese caso, es aconsejable comparecer siempre ante el tribunal, ya que el desacato a una citación puede conllevar la detención.

3. Manutención de los hijos

Si bien existe la posibilidad de que el acreedor o prestamista le demande por deudas civiles impagadas con la esperanza de que se mantenga al margen, y así el tribunal ordene su detención, con la manutención de los hijos el proceso es muy diferente. Con este tipo de deuda, es posible ir a la cárcel.

En general, las pensiones alimenticias son ordenadas, en primera instancia, por un tribunal. Por lo tanto, si ha dejado de pagar la manutención de sus hijos, también está incumpliendo la orden de un juez.

La secuencia sería algo así:

  • Dejas de pagar la manutención;
  • La deuda crece;
  • Está desobedeciendo la orden judicial que le obliga a pagar la manutención;
  • La persona que recibe la pensión alimenticia (por ejemplo, su ex cónyuge) solicita una vista judicial para dar cuenta de la deuda impagada;
  • Si el juez determina que usted podía pagar la manutención pero no lo hizo, puede ordenarse una pena de cárcel. La pena de cárcel si incumple el pago de la pensión alimenticia puede ser de hasta seis meses;
  • Esto puede funcionar de distintas maneras en cada Estado. En algunos casos, el tribunal puede permitir el reembolso de la deuda para que usted pueda hacer pagos periódicos de la deuda. Si es así, es posible que pueda evitar la cárcel.

4. Impuestos

Junto con la manutención de los hijos, los impuestos son el otro tipo de deuda que si no se paga puede acabar en la cárcel. Debería saber que negarse a pagar impuestos sobre la renta es un delito. Y si es procesado y condenado, puede ir a la cárcel.

El impago de impuestos también se conoce como evasión fiscal o fraude fiscal y puede adoptar varias formas:

  • No declarar los ingresos.
  • Reclamación de gastos por trabajo no realizado o no debido.
  • No pagar impuestos.

5. Examen del deudor

No se trata de una deuda en sí, pero es una de las formas en que las deudas pueden llevarte a la cárcel. Se solicita un examen del deudor cuando un acreedor ha obtenido una sentencia contra usted y no encuentra ingresos ni bienes de los que apropiarse. En ese momento, el acreedor presenta documentos ante el tribunal para que usted comparezca ante el juez en un examen del deudor.

¿Qué es el examen del deudor?

  • Un interrogatorio judicial al que se responde bajo juramento.
  • Debe responder a las preguntas del acreedor sobre sus finanzas.
  • Además, debe explicar al tribunal por qué no ha pagado su deuda al acreedor.
  • Si no acude al interrogatorio del deudor, el tribunal puede declararle en desacato civil por desobedecer su orden de comparecer.
  • En ese momento, si no comparece ante el tribunal, puede acabar en la cárcel.
  • Si comparece, debe seguir las órdenes del tribunal y tomar las medidas necesarias para corregir la situación.

Advertencia: Comparecer siempre ante el tribunal y cumplir las órdenes judiciales

Ya lo hemos señalado. Las deudas en sí no se castigan con penas de prisión en Estados Unidos. Esto es especialmente cierto desde 1833, cuando se prohibió la cárcel como método para coaccionar a la gente a pagar sus deudas.

Sin embargo, conviene aclarar que es posible acabar en la cárcel por deudas. ¿Cómo?

  • Si un acreedor o prestamista le demanda y usted no comparece ante el tribunal, puede haber una orden de detención contra usted.
  • Si no paga la pensión alimenticia ordenada por el tribunal, no paga sus impuestos o no se presenta a un examen de deudor, puede acabar en la cárcel por desacato al tribunal.
  • En conclusión, comparezca siempre ante el tribunal, aunque le resulte embarazoso acudir a él para discutir deudas que ya sabe que debe y que están impagadas.

¿Puedo ir a la cárcel por deudas acumuladas en Nueva York?

Aunque en Estados Unidos no es legal que los acreedores amenacen a los deudores con la cárcel, en muchos estados se ha convertido en una práctica habitual. Y, como decíamos unas líneas más arriba en este artículo, los acreedores exigen una comparecencia ante el juez y, si no te presentas, puede acabar en detención. Una situación que puede provocar traumas y angustia.

Pero, ¿qué pasa con las deudas acumuladas en Nueva York: puedes ir a la cárcel? Afortunadamente, en Nueva York esta práctica no se da de la misma manera. Las leyes de protección del consumidor imponen límites a los cobradores de deudas. En este sentido, existen leyes en el Estado de Nueva York que prohíben el acoso y las amenazas a los deudores.

Algunas conductas prohibidas en el Estado de Nueva York:

  • Amenazas de detención o encarcelamiento por deudas acumuladas;
  • Llamadas de una agencia federal para cobrar la deuda;
  • Amenazas de denuncias a las autoridades de inmigración;
  • El acreedor o prestamista insiste en que el deudor ha cometido un delito;
  • Amenazas de ejecución hipotecaria, desahucio y otras acciones cuando éstas no estén autorizadas;
  • Reclamación de un saldo adeudado superior al saldo original;
  • Amenazas de violencia;
  • Revelar información sobre deudas de familiares o terceros;
  • Transferencia y cesión de la deuda de un familiar.

Nota: Más información sobre la transferencia de deudas en nuestro artículo Si una persona fallece, ¿quién paga sus deudas? y ¿Qué ocurre con una cuenta conjunta con un progenitor fallecido?

Proceso por deudas acumuladas en Nueva York

  • Tiene deudas impagadas en Nueva York;
  • Estas deudas se acumulan y crecen;
  • Los acreedores le han notificado y le han llamado para que pague;
  • Si no paga ante estos avisos, el acreedor puede emprender nuevas acciones. Entre ellas, demandarle;
  • En virtud del artículo 5250 de la Ley y Reglamento de Práctica Civil de Nueva York, los acreedores pueden pedir al tribunal que le envíe a la cárcel por impago de deudas;
  • Para ello, el acreedor debe demostrar algunas cosas. Entre ellas, el acreedor debe demostrar que usted está a punto de abandonar el estado o que se está escondiendo, o que tiene bienes ocultos que podría utilizar para pagar sus deudas;
  • Si el acreedor convence al tribunal y hay una orden de detención contra usted, será llevado ante un juez;
  • La recomendación es comparecer siempre ante el juez en presencia de un abogado. El juez puede ordenarle que deposite una fianza.

¿Puede demandarme un cobrador de deudas?

Sí, sí y sí. Ya lo hemos dicho antes. Y ahora se lo explicaremos con más detalle, siga leyendo.

  • Un cobrador de deudas presenta una demanda contra usted con el objetivo de obligarle a pagar el dinero que debe;
  • Este cobrador lo hace para que un juez dicte una orden que le obligue a pagar la deuda;
  • El tribunal le notifica que debe acudir a una comparecencia para hacer frente a la sentencia;
  • Si hace caso omiso de la orden, el juez puede pedir que le detengan por desacato a una orden judicial;
  • En ese sentido, tenga en cuenta que nunca debe desobedecer una orden judicial cuando se trate de una deuda. Aunque no se puede ir a la cárcel por deber dinero, las deudas pueden llevarte a prisión.

¿Qué es la prescripción?

La prescripción es el plazo de que disponen los cobradores para demandar al deudor una vez que las deudas han vencido. Aunque existe una Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas que rige el plazo de prescripción, también hay leyes estatales que pueden hacer que su situación sea diferente dependiendo de dónde viva.

En general, el plazo de prescripción de una deuda es de tres a seis años. Una deuda impagada que haya prescrito seguirá apareciendo en su informe crediticio. Y esto, por cierto, puede afectar a su puntuación de crédito hasta siete años, que es el tiempo que la deuda seguirá apareciendo en el documento.

Nota: Consulte aquí cómo mejorar su puntuación de crédito.

¿Qué puedo hacer si no puedo pagar mis deudas?

No tener dinero para pagar sus deudas puede ser muy angustioso. Pero ten en cuenta que siempre hay alternativas y soluciones. Una es consolidar la deuda, mientras que otra opción es declararse en quiebra. Aunque declararse en quiebra tiene consecuencias, también le permite reiniciar su situación financiera. Esto le permite empezar de cero como consumidor.

Nota: ¿Qué es mejor si no puedo pagar mis deudas, consolidar la deuda o declararme en quiebra? Lea también sobre la protección de activos en caso de que quiera optar por una de estas opciones.

Consolidación de deudas

La consolidación de deudas puede ayudarle a resolver su situación financiera y, en cierto sentido, a empezar de cero. La consolidación de deudas combina todas sus deudas en un solo pago. Esto le permite reducir los tipos de interés que paga por cada préstamo. Podrá deshacerse de sus deudas más rápidamente.

Declararse en quiebra

Si está considerando seriamente la opción, le recomiendo que examine el proceso y lo que debe hacer para declararse en quiebra en Nueva York.

A continuación, repase los principales tipos de quiebra amparados por la ley:

  • Quiebra del capítulo 7: es la quiebra que se conoce como «liquidación». Se refiere al hecho de que usted, como deudor, renuncia a todos sus bienes que excedan de lo que está exento.
  • Quiebra del capítulo 11: También se conoce como «reorganización». Lo utilizan principalmente las empresas y los deudores particulares que tienen deudas muy grandes.
  • Quiebra del Capítulo 13: Se conoce como «plan del asalariado». Es una reorganización que le permite, si tiene ingresos regulares, elaborar un plan para pagar parte o la totalidad de sus deudas. Este plan tiene una duración de 3 o 5 años.

Nota: Lea más sobre los tipos de quiebras que existen en Estados Unidos y la diferencia entre el Capítulo 7 y el Capítulo 13. Averigüe si puede comprar una casa después de la quiebra o el proceso de compra de un coche después de la quiebra. Analice si tras declararse en quiebra puede solicitar un préstamo personal o refinanciar su vivienda.

¿Por qué contratar a los abogados de Ortiz y Ortiz?

Tener deudas y no tener cómo pagarlas puede ser una situación muy estresante. Sin embargo, debes saber que existen opciones y formas de salir de ella. Puede consolidar su deuda o declararse en quiebra, entre otras alternativas.

Si no ha pagado sus deudas y teme ir a la cárcel por impago, espero que esta guía le haya ayudado. Y recuerde que en Estados Unidos las deudas impagadas no se castigan con penas de cárcel. Lo que sí es un delito grave es el desacato o la incomparecencia ante el tribunal. Por lo tanto, acuda siempre a los tribunales si se lo piden.

No dude en ponerse en contacto con nosotros. Es importante que este proceso lo lleve un abogado con experiencia que pueda asesorarle en todo momento. Nuestro abogado especializado en planificación patrimonial en Nueva York puede revisar su caso y analizar sus opciones:

  • En primer lugar, harán un estudio de su situación financiera actual.
  • Nuestros abogados responderán a todas sus preguntas, especialmente las que tenga sobre si puede ir a la cárcel por deudas.
  • Usted verá, junto con el abogado, qué deudas tiene y cuáles son sus opciones más factibles.
  • En esa línea, nuestros abogados le orientarán sobre los pasos a seguir. Ya sea para protegerse de los acreedores, consolidar la deuda, declararse en quiebra, etc.

Para estos y otros servicios, póngase en contacto con nosotros hoy mismo.