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¿Quién heredará sus bienes si no expresa su última voluntad? ¿Qué es la ley de sucesión intestada de Nueva York? En este artículo, le contamos todo lo que necesita saber sobre el proceso sucesorio cuando no hay testamento válido.

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Todo lo que debes saber sobre la ley de sucesiones de Nueva York en 2023

Empezar a pensar en su testamento y en quién heredará sus cosas puede provocar muchos sentimientos encontrados. Es posible que aún piense que le queda mucho tiempo de vida y que todavía no es el momento de pensar en ello. Sin embargo, es mejor estar preparado para cuando llegue ese momento.

Por eso, a continuación, analizaremos todos los detalles de lo que sucede cuando una persona fallece sin un testamento válido en Nueva York.

¿Qué es la sucesión intestada?

Cuando una persona fallece y no deja testamento ni expresa sus últimas voluntades, se dice que esa persona fallece intestada. En cambio, la sucesión testada se produce cuando el difunto deja testamento. En dicho documento, la persona fallecida da instrucciones al tribunal y al albacea, sobre cómo distribuir los bienes, activos y patrimonio. Puede obtener más información sobre la diferencia entre sucesión testada e intestada.

Cuando no hay testamento válido, los tribunales deben seguir otra guía: la ley estatal. Eso significa que todos los bienes, activos y propiedades del difunto se distribuirán de acuerdo con la ley de sucesión intestada de Nueva York. Este último se encuentra en la sección 4-1.1 titulada «Declinación y distribución de la herencia de un difunto».

¿Quién se queda con qué, cuando no hay testamento en Nueva York?

La ley de sucesión intestada de Nueva York se encarga de priorizar quién puede ser el administrador del patrimonio, así como quién lo heredará. Quién se queda con qué respecto a las pertenencias de la persona fallecida dependerá de qué familiares vivos tenga el difunto, y qué relación tenga con cada uno de ellos. Los familiares directos que tienen derecho a una parte de la herencia cuando no hay testamento se denominan «distribuidos».

Así se heredan las pertenencias del difunto en ausencia de testamento. Así funciona el orden de prioridad:

  • Si el difunto tiene cónyuge pero no hijos, será el cónyuge quien herede todos los bienes y propiedades.
  • Si el difunto tenía hijos pero no cónyuge, son los hijos quienes heredan todo.
  • Cuando haya cónyuge e hijos, el cónyuge del difunto heredará los primeros 50.000 dólares más la mitad del resto. Los hijos heredan todo lo demás a partes iguales.
  • Si el difunto tiene padres pero no cónyuge o hijos, los padres heredarán a partes iguales todos los bienes y propiedades del difunto.
  • Si el difunto no tiene padres, cónyuge ni hijos, los hermanos heredarán los bienes del difunto a partes iguales.
  • Si el difunto tenía hijos pero fallecieron antes que él, los nietos pueden ocupar el lugar del hijo difunto.
  • Si el difunto tiene abuelos, pero no cónyuge, hijos, padres y hermanos, la herencia se divide a partes iguales entre los abuelos paternos y maternos.
  • Cuando el difunto tenga tíos pero no cónyuge, hijos, padres, hermanos ni abuelos, la herencia se repartirá a partes iguales entre los tíos paternos y maternos.
  • Si el fallecido sólo tiene sobrinos, heredarán todo a partes iguales.

Cuando se alcance el primer nivel de prioridad a heredar, no se utilizarán los niveles inferiores. En caso de que el fallecido tenga un abuelo y una sobrina, será el abuelo quien herede todo el patrimonio.

Participación conyugal en Nueva York

El cónyuge del difunto se encuentra en primera línea de prioridad para recibir la herencia del difunto. Esto significa que si el difunto no tiene hijos u otros parientes vivos, el cónyuge hereda todos los bienes del difunto. Sin embargo, en función de los parientes vivos que tenga el difunto en el momento del fallecimiento, se dividirá la herencia.

En caso de que el difunto tenga cónyuge e hijos, el cónyuge heredará los primeros 50.000 dólares de los bienes intestados más la mitad del resto.

Lea más sobre este tema en nuestro artículo Derecho de elección del cónyuge en Nueva York.

La parte de los hijos del difunto

En el Estado de Nueva York, para que los hijos del difunto puedan heredar, debe existir una relación jurídica. Aunque en la mayoría de los casos esto es casi automático, hay algunos en los que no está tan claro.

He aquí algunos ejemplos:

  • Los hijos adoptados heredan como un hijo biológico.
  • Para que un hijo adoptivo o un hijastro puedan heredar los bienes del difunto, deben haber sido adoptados legalmente.
  • Los hijos nacidos después del fallecimiento del difunto heredarán.
  • Cuando hay hijos nacidos fuera del matrimonio o también llamados hijos extramatrimoniales, heredarán del difunto varón cuando se establezca la paternidad.
  • Los nietos heredarán sólo si su padre, hijo del difunto, fallece antes que éste.

Otras normas de la Ley de Sucesión de Nueva York

Cuando se trata de la familia hay varias relaciones que pueden causar confusión al hablar de herencias.

Algunos puntos a tener en cuenta:

  • Medio parientes: Es muy común tener medios hermanos cuando sólo se comparte un progenitor. En ese caso, si fallece el progenitor con el que comparte la custodia, la hermanastra o el hermanastro tienen el mismo derecho a la herencia del progenitor que si tuvieran ambos progenitores en común.
  • Familiares póstumos: Los parientes concebidos antes del fallecimiento del difunto, pero nacidos después, heredan lo mismo que si hubieran nacido antes del fallecimiento.
  • Situación de inmigración: Cuando se hereda intestado, no hay diferencia si los miembros de la familia son o no ciudadanos o se encuentran legalmente en los Estados Unidos.
  • Coarrendatario condenado por asesinato: Un coarrendatario condenado por asesinar a otro coarrendatario no tiene derecho a heredar el dinero de la cuenta bancaria de éste. Ese coarrendatario condenado sólo tendrá derecho al dinero que haya aportado a la cuenta.

Nota: Consulte también nuestro artículo sobre qué ocurre con una cuenta conjunta con un progenitor fallecido o si fallece la persona que paga las deudas.

El proceso de legalización de un patrimonio sin testamento en Nueva York.

#1. Solicitar al tribunal una audiencia sobre la legalización de un testamento

El objetivo de una audiencia testamentaria es que el tribunal determine cómo distribuir los bienes del difunto. En la solicitud de audiencia debe indicar quiénes son los «herederos legales». Son las personas que deben heredar los bienes del difunto cuando no hay testamento.

En orden de prioridad quienes deben heredar son:

  • Cónyuge superviviente.
  • Hijos del difunto. Pueden ser adoptados o hijastros reconocidos ante la ley.
  • En caso de que no haya cónyuge ni hijos, será el pariente vivo más próximo. Se empieza por los padres, luego los hermanos, los nietos, los abuelos, los sobrinos, etc.

#2. Se celebra la audiencia

Se celebra una audiencia para asegurarse de que todos los hechos declarados en la petición son correctos. Esta es una instancia para plantear objeciones si algún miembro de la familia tiene objeciones. El tribunal también puede renunciar a la vista, si todos los miembros de la familia firman una renuncia y están de acuerdo en que los hechos declarados son correctos.

#3. Nombramiento de un administrador

El tribunal sucesorio designará a una persona que tendrá la tarea de administrar el proceso sucesorio de la herencia intestada. Esta persona será conocida como representante personal o administrador de la herencia del difunto. Las responsabilidades y obligaciones del administrador designado serán las mismas que las del albacea nombrado mediante testamento.

¿Quién puede ser el administrador de la herencia cuando no hay testamento?

Si hay testamento, es el albacea testamentario quien se ocupa de la herencia y distribuye los bienes a los beneficiarios nombrados por el difunto en el documento. Sin embargo, cuando la persona fallece sin testamento, será el pariente vivo más próximo. En orden de prioridad vendrá primero el cónyuge del fallecido, después los hijos y así sucesivamente. En caso de que un familiar no quiera administrar la herencia, puede firmar una renuncia.

Nota: Averigüe también la diferencia entre un albacea y un administrador de herencia, así como la diferencia entre un albacea y un fideicomisario. Y si está pensando en hacer testamento y nombrar un albacea, lea nuestro artículo sobre las cartas de administración de Nueva York.

#4. El administrador es quien determina el valor de la herencia

Quien sea nombrado administrador de la herencia debe llevar un registro de todos los bienes y propiedades de la herencia. El administrador debe ocuparse de los litigios pendientes y de todas las reclamaciones contra la herencia. Además, debe pagar las deudas y los impuestos y cualquier gasto que deba.

Nota: Puede que le interese nuestro artículo: Cómo saber si tengo deudas en Estados Unidos. Lea también nuestros artículos: ¿Puedo ir a la cárcel por deudas, Qué pasa si me demandan y no tengo forma de pagar y Qué pasa si no pago un pagaré.

#5. Se solicita al Tribunal la distribución final y la aceptación de la cuenta.

Una vez pagadas todas las deudas y gastos de la herencia, el tribunal procederá a aprobar las acciones y el plan de reparto propuesto por el administrador designado.

El tribunal testamentario celebrará una vista sobre la petición de distribución. Tras la vista, el tribunal dictará una orden por la que se entregan los bienes restantes a los familiares que los heredarán.

Si los miembros de la familia están de acuerdo con la distribución y consienten el plan, se puede renunciar a la audiencia contable. Y si alguien se opone, debe celebrarse una audiencia formal con un relato oficial.

#6. Se distribuyen los activos y se cierra el patrimonio.

Cuando se tienen todas las exenciones o la orden judicial si se ha celebrado una vista, se distribuyen los bienes. La distribución dará lugar a recibos y liberaciones de familiares. Una vez completado este paso, el patrimonio queda oficialmente cerrado.

¿Qué bienes se transmiten por sucesión intestada?

Los bienes que se consideran parte del patrimonio a efectos de la sucesión intestada son los mismos que habrían formado parte de un testamento. En otras palabras, sólo los bienes que la persona fallecida posee a nombre.

Algunos bienes que no se ven afectados por la ley de sucesión intestada de Nueva York:

  • Bienes transferidos a un fideicomiso testamentario.
  • Ingresos del seguro de vida. Lea nuestro artículo sobre qué ocurre con los seguros de vida sin beneficiario.
  • Fondos de cuentas de jubilación.
  • Valores depositados en una cuenta de transferencia en caso de fallecimiento.
  • Propiedad en arrendamiento con otra persona.

Todos estos bienes no pasan por sucesión intestada, ya que pasarán directamente al coarrendatario o beneficiario superviviente nombrado por el difunto en vida.

Morir sin un testamento válido en Nueva York

Se calcula que más de la mitad de los adultos estadounidenses no tienen testamento. Cuando la persona fallecida tiene familia, la ley de sucesión intestada de Nueva York trata de actuar de la misma manera en que una persona normal distribuiría la herencia. Sin embargo, cuando una persona fallece sin testamento y no tiene familiares vivos que sean fáciles de identificar, entonces todos los bienes, propiedades y activos quedarán en manos del Estado hasta que se encuentre a un familiar.

En caso de que no se encuentre a ningún familiar vivo, el Estado se quedará con todo lo que poseía la persona fallecida.

Razones para hacer testamento

  • Incertidumbre sobre quién administrará su patrimonio tras su fallecimiento. Con un testamento, puede nombrar un albacea para que administre su patrimonio, y se asegure de que sus familiares reciban los bienes que usted desea transmitirles.
  • Posibles conflictos entre sus familiares. Al dejar testamento, podrá expresar sus últimas voluntades e indicar qué bienes desea que herede cada uno de sus seres queridos. Esto no sólo le dará la posibilidad de asegurar económicamente a sus familiares, sino que también podrá evitar conflictos argumentando que es su voluntad.
  • Evitar que el Estado se apropie de sus bienes. En caso de que no tenga ningún familiar vivo, con un testamento puede asegurarse de que su dinero se dona a una fundación o se hereda a un amigo.
  • Administración ordenada de sus bienes tras su fallecimiento. Con un testamento puede dejarlo todo en orden.
  • Nombrar un tutor para los menores. Si tiene hijos menores, el testamento también puede servir para nombrar un tutor.

¿Qué instrumentos de planificación patrimonial existen?

El testamento es el instrumento más común de planificación patrimonial para después del fallecimiento. Sin embargo, existen otros instrumentos válidos que pueden ser muy útiles. He aquí algunos de los instrumentos más utilizados.

  • Poder notarial: mediante un poder notarial podrá conferir a un tercero la responsabilidad de realizar determinadas acciones. En general, se utiliza cuando una persona alcanza cierta edad y necesita que alguien tome decisiones en asuntos médicos, financieros o legales. Para que un poder sea válido, debe estar redactado de determinada manera y validado por un notario.
  • Testamento: Un testamento es un documento en el que una persona, el testador, estipula una serie de instrucciones sobre quién se queda con qué y quién administrará los bienes y activos una vez que falte. Tener un testamento le permitirá tener una administración ordenada de todos sus bienes y, además, asegurarse de que se distribuyen de la forma que usted indicó.
  • Fideicomiso revocable o irrevocable: El fideicomiso es un acuerdo legal entre el creador o fideicomitente y el fideicomisario, que será el encargado de gestionar y distribuir tus bienes entre los beneficiarios previamente designados. Puede ser revocable e irrevocable. El fideicomiso irrevocable es de carácter permanente, lo que significa que los bienes que entran en el fideicomiso están fuera de cualquier control que no sea el del fideicomisario. En cambio, el fideicomiso revocable es creado por el fideicomitente y es efectivo durante su vida, mientras esté dotado de activos.

Nota: Lea sobre la diferencia entre un fideicomiso y un testamento. Si está pensando en hacer un testamento, quizá le interese nuestro artículo sobre la influencia indebida en los testamentos y cómo impugnar un testamento.

Llame hoy mismo a nuestros abogados especializados en sucesiones de Manhattan.

No tener testamento puede traer muchos dolores de cabeza a sus seres queridos cuando usted falte. Tener un testamento le permite planificar quién recibirá qué de sus bienes y propiedades. Además, podrá designar quién administrará y distribuirá todo entre los beneficiarios.

En Ortiz y Ortiz tenemos abogados con experiencia en testamentos en Nueva York que le pueden ayudar en asuntos relacionados con la ley de intestado de Nueva York hoy para planificar su patrimonio para cuando usted se haya ido:

  • Consejos para que su testamento se adapte a sus necesidades y a su última voluntad.
  • Redactar el documento para que sea válido ante cualquier tribunal testamentario.
  • Ayuda y orientación en el nombramiento de un albacea sucesorio.
  • Acompañar a tu familia cuando ya no estés.

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