Abogados de Poderes en Jackson Heights, NY Ayudando a los Clientes a Planificar un Futuro Incierto

Una parte importante de cualquier plan de sucesión en Nueva York es designar su poder notarial (POA), a la persona en la que más confía para que tome decisiones informadas en su nombre. La persona a la que se confía su poder se conoce como apoderado. Como su agente, los poderes notariales podrían otorgarles autoridad para tomar decisiones sobre asuntos financieros o legales cuando usted no pueda tomarlas por sí mismo, o no se sienta capacitado para hacerlo. A veces, el poder sólo entra en vigor cuando usted queda incapacitado y no puede hablar por sí mismo. Otras veces, puede elaborar este importante documento para un solo acto, otorgando a alguien el poder de tomar decisiones importantes relacionadas con su cartera de acciones, por ejemplo.

Los distintos poderes tienen sus propias ventajas y limitaciones. No tiene por qué firmar un documento con el que se sienta incómodo, ya que es probable que haya otras versiones de la misma herramienta jurídica a su disposición que tengan las facultades y limitaciones que busca.

Para asegurarse de que toma una decisión informada al redactar su poder notarial, es aconsejable que hable con un abogado con experiencia en asuntos legales de planificación patrimonial y poderes notariales. Las oficinas legales de Ortiz y Ortiz, LLP, han estado sirviendo a clientes y ayudando con sus planes de sucesión a través de Nueva York por más de 50 años. Si desea ayuda en la preparación de sus documentos de poder notarial o cualquier otra necesidad de planificación de sucesión, por favor póngase en contacto con los abogados de Ortiz y Ortiz, LLP en su oficina legal de Jackson Heights para solicitar una consulta.

¿Qué tipos de poderes existen?

En Nueva York existen varios tipos de poderes entre los que elegir, cada uno con sus propias atribuciones y responsabilidades. Elegir el más adecuado a sus necesidades es primordial.

  • Poder notarial duradero: Un poder notarial duradero tiene autoridad para actuar en su nombre en las decisiones relacionadas con sus finanzas. El apoderado con poder duradero conserva estas facultades incluso después de que usted quede incapacitado por enfermedad o lesión. Como todos los demás poderes, el poder duradero finaliza en el momento de su fallecimiento.
  • Poder no duradero: Un poder no duradero es similar al poder duradero en casi todos los aspectos, excepto en que pierde su autoridad en caso de que usted quede incapacitado. El poder no duradero suele ser útil para una transacción, o un periodo de tiempo, pero se revocará cuando ya no sea necesario.
  • Poder de resorte: Un poder de resorte sólo entra en vigor tras un acontecimiento desencadenante, como su incapacidad repentina e inesperada. De este modo, el apoderado no tiene privilegios hasta ese momento, pero puede actuar en su interés cuando usted ya no pueda hablar por sí mismo.
  • Poder limitado: El poder limitado puede tener ciertas limitaciones únicas, tal y como se indica en el documento original.

Si no está seguro de si su documento de poder es «duradero», simplemente compruebe el documento original que presentó. La ley del estado de Nueva York exige que un documento de poder indique claramente en su título que es «Duradero».

¿Quién puede ser su representante legal?

El estado de Nueva York establece una serie de requisitos para designar a una persona como su representante legal. Estos requisitos incluyen:

  • El agente debe tener al menos 18 años.
  • Tener la fortaleza mental necesaria para comprender las responsabilidades que se les encomiendan y ejecutarlas.
  • El documento de poder debe estar firmado por usted mismo, por el representante y por dos testigos, y a continuación autenticado ante notario.
  • El agente debe encargarse de mantener tu patrimonio y tus bienes separados de los suyos.
  • Conserve los recibos de todas y cada una de las transacciones realizadas al servicio suyo o de la herencia.
  • Revelar adecuadamente la naturaleza de su función siempre que firmen documentos en su nombre.

Muchas personas eligen a su cónyuge o a sus hijos como apoderados. Sin embargo, en términos generales, el papel puede asignarse a cualquier persona de confianza. Porque la confianza es lo más importante. Dependiendo de las limitaciones de su documento de poder, estará confiando a esta persona la toma de decisiones financieras importantes. Si no les confiaría su tarjeta de crédito, no les confíe su poder notarial.

¿Qué acciones puede realizar un apoderado legal en su nombre?

Algunos poderes se refieren a asuntos financieros; otros actúan como apoderados para la asistencia sanitaria. Y otros pueden realizar ambas tareas. Dependiendo del documento, su agente puede tener autoridad para comprar y vender bienes inmuebles en su nombre, invertir su dinero, ocuparse de sus impuestos, donar bienes a otras personas, gestionar sus propiedades y hablar con los bancos en su nombre.

Puede elegir a más de una persona como apoderado. Esto puede limitar su poder e influencia sobre tus asuntos. Sin embargo, también puede ralentizar el proceso de toma de decisiones cruciales.

Si cree que su agente no está actuando en su mejor interés o incluso está robando de su patrimonio, puede ser destituido y sustituido en cualquier momento.

Póngase en contacto con las oficinas de Jackson Heights de Ortiz y Ortiz, LLP, para programar una consulta

Si desea hablar con un abogado sobre la correcta redacción de su documento de poder, por favor póngase en contacto con los abogados de Ortiz y Ortiz, LLP. Nuestro bufete cuenta con décadas de experiencia representando a clientes en todo tipo de asuntos legales y de planificación patrimonial, y estaremos orgullosos de ayudarle a superar los retos que se le presenten. 917-540-9772.