Manhattan Albacea de Bienes Abogados

¿Está planificando su futuro y lo que ocurrirá con su patrimonio cuando usted fallezca? Nombrar un albacea para la sucesión que sea capaz de ejecutar lo estipulado en su testamento será clave en este proceso. En este artículo le contamos todo lo que necesita saber sobre el albacea testamentario en Nueva York: cómo nombrar uno, quién puede ser y qué funciones tendrá que desempeñar el albacea.

En Ortiz & Ortiz contamos con abogadosexpertos en planificación patrimonialque sabrán asesorarle de la mejor manera en su caso. Nuestro equipo lleva más de 30 años sirviendo a la comunidad en inglés y español. Póngase en contacto con nosotros.

Índice de contenidos

¿Qué es un albacea testamentario o administrador?

Planificar quién heredará su patrimonio puede ser una decisión difícil. La clave está en contar con el asesoramiento de un abogado experto en planificación patrimonial que le ayude a lo largo de todo el proceso. Especialmente para asesorarle en el nombramiento de un albacea testamentario.

El albacea o administrador de la herencia es la persona que se encargará de administrar la herencia del difunto.El albacea será la persona que distribuirá la herencia, ya sean bienes, activos, dinero u otros bienes, a los beneficiarios que pueden ser familiares, amigos u otras organizaciones. También se encargará de pagar deudas, impuestos o cualquier otra obligación que pueda tener al respecto.

Todas las funciones del albacea se realizarán siguiendo la última voluntad de la persona fallecida escrita en el testamento. Si bien el albacea testamentario se nombra en el testamento del difunto, el tribunal nombra al albacea cuando el testamento se admite a trámite. En cualquier caso, consulte nuestro artículo sobre las cartas administrativas de Nueva York.

Principales características de un albacea:

  • Se nombra en el testamento. La persona fallecida dejará por escrito en el testamento quién quiere que sea el albacea. El testamento se caracteriza porque entra en vigor una vez que fallece el testador. La diferencia entre un testamento y un fideicomiso es que este último entra en vigor cuando se crea y puede ser revocable e irrevocable.
  • No es necesario ser familiar del fallecido. Aunque puede ser un familiar, un amigo o una persona de confianza, no es estrictamente necesario que el albacea sea un familiar. El albacea puede ser incluso una institución financiera o alguna otra sociedad cualificada para ejercer el cargo.
  • Normalmente, el albacea es una persona cercana al fallecido. Aunque puede tratarse o no de un familiar, debe ser una persona o institución de confianza del difunto. Alguien a quien el difunto puede confiar la administración y distribución de todos los bienes tras su fallecimiento.
  • Tiene un deber fiduciario con la herencia del difunto. El deber fiduciario es para con el difunto y su patrimonio, así como para con los beneficiarios y acreedores. Es la obligación de actuar con la mejor intención respecto a la voluntad de otra persona, en este caso el difunto. Este deber puede surgir por ley, contrato, acuerdo o simplemente por una relación de confianza entre dos partes. Repase qué ocurre cuando se incumple una obligación fiduciaria.

Nota: Si está pensando en nombrar un albacea testamentario, quizá le interese nuestro artículo sobre la diferencia entre un albacea y un administrador de la herencia, así como la diferencia entre un albacea y un fideicomisario.

¿Quién puede ser nombrado albacea testamentario?

El albacea testamentario en Nueva York será una persona de confianza de la persona fallecida. Ese es el principal requisito: que el albacea de la herencia sea una persona de confianza.

Requisitos para nombrar un albacea:

  • Tener al menos 18 años.
  • Estar en pleno uso de sus facultades mentales, es decir, no haber sido declarado incapacitado por un tribunal.
  • Al igual que muchos otros estados, Nueva York también prohíbe a las personas con condenas por delitos graves ejercer de albacea.
  • En algunas ocasiones, el tribunal testamentario de Nueva York también rechaza a un posible albacea que no esté cualificado por abuso de sustancias, falta de honradez, falta de previsión o incapacidad para ejercer el cargo.
  • El tribunal testamentario de Nueva York también puede decidir que una persona que no sepa escribir o leer en inglés tampoco pueda actuar como albacea.

Recomendaciones para nombrar un albacea testamentario en Nueva York:

  • Como ya se ha indicado, el albacea testamentario designado por el testador debe ser digno de confianza. Una persona o institución en la que se puede confiar a ojos cerrados, que no hará mal uso de los bienes o propiedades.
  • Aunque puede ser cualquier persona de confianza, generalmente se recomienda que sea un familiar cercano.
  • El albacea debe ser financieramente responsable. Esto teniendo en cuenta que el albacea tendrá la tarea de administrar toda la herencia y distribuirla según la voluntad del difunto.
  • Tenga en cuenta que el albacea tendrá que administrar la herencia antes de distribuirla. El albacea tendrá que pagar impuestos, deudas y costas. Es importante que el albacea pueda efectuar todos estos pagos sin malversar los fondos.

Veamos a continuación algunas situaciones:

¿Puede un extranjero no residente ser nombrado albacea?

Un extranjero no residente es alguien que no es ciudadano estadounidense ni residente en Estados Unidos. Existen algunas circunstancias en las que un extranjero no residente puede ser albacea.

Algunos puntos a tener en cuenta:

  • Un extranjero no residente sólo puede ser albacea cuando se nombra a un residente en Nueva York como coejecutor junto con el no residente.
  • Si desea nombrar a un ciudadano estadounidense que resida fuera de Nueva York, puede hacerlo. No obstante, se recomienda nombrar también como coejecutor a un residente en Nueva York.
  • Contar con un albacea local puede facilitar las cosas. Por un lado, será más fácil ir y volver del domicilio del testador. Lo más probable es que el albacea testamentario en Nueva York tenga que estar presente en el domicilio del testador para limpiar, organizar y recoger los bienes, entre otras cosas. Además, contar con un albacea local permitirá que la comunicación con el abogado sucesorio sea más ágil y no dependa únicamente del correo electrónico o del contacto telefónico.
  • Es importante que la persona que vaya a ser nombrada albacea sea consciente de las obligaciones y responsabilidades que adquiere tras el fallecimiento del testador.

¿Puede un albacea ser también beneficiario?

La respuesta a esta pregunta es sí. Es muy frecuente que el albacea sea también beneficiario del testamento. Esto se debe a que muchas personas nombran como albaceas a un familiar cercano en quien confían.

En muchos casos, el testador puede incluso nombrar a uno o varios beneficiarios como albaceas, co albaceas o albaceas sucesores.

¿Puede haber más de un albacea?

Nombrar más de un albacea testamentario en Nueva York puede plantear algunos problemas. En primer lugar, puede provocar que los albaceas no se pongan de acuerdo sobre la administración de la herencia y, por lo tanto, podría retrasar todo el proceso de distribución de bienes y propiedades entre los beneficiarios.

Para aprobar las decisiones relativas a la administración de la herencia, el albacea deberá firmar algunos documentos. En caso de que haya más de uno, habría que coordinar más de una firma, lo que podría perjudicar al patrimonio. No obstante, el testador puede nombrar varios coejecutores si así lo desea.

¿Qué hace un albacea sucesor?

En general, se habla de nombrar un albacea. No obstante, conviene nombrar un albacea suplente o sucesor en caso de que el primero no quiera ejercer sus funciones.

En ausencia de un albacea suplente, varios miembros de la familia u otras partes interesadas pueden solicitar al tribunal que asuma las responsabilidades del albacea. Pero esto no es una buena idea, ya que puede provocar retrasos o dificultades en la toma de decisiones.

¿Cuándo entran en vigor las obligaciones del albacea?

El albacea es nombrado por la persona fallecida en el testamento. Pero eso no significa que el albacea tenga autoridad para actuar inmediatamente.

Este es el proceso:

  • El testador nombra al albacea en el testamento.
  • El tribunal del condado donde residía el difunto debe nombrar a ese albacea.
  • Para que el albacea sea nombrado, el testamento debe ser admitido a trámite.
  • Antes de que se legalice el testamento, el albacea no tiene autoridad para actuar ni administrar nada.

¿Puede un albacea designado negarse a ejercer sus funciones?

La respuesta es sí. Quien ha sido nombrado albacea no siempre tiene que ejercer como tal. El albacea puede dimitir o negarse a hacerlo. Cuando esto ocurre, corresponde al tribunal testamentario designar uno nuevo. Sin embargo, la mayoría de los albaceas estipulados en el testamento cumplen la voluntad del difunto como forma de honrar sus últimos deseos.

¿Cómo se nombra a un albacea en ausencia de testamento?

Hasta ahora hemos hablado del proceso de nombramiento de un albacea testamentario en Nueva York cuando existe un testamento otorgado por el difunto en el que se estipula quién será el albacea. Sin embargo, hay muchos estadounidenses que mueren sin testamento. En tales casos, entran en vigor las leyes de sucesión intestada de Nueva York.

Cuando la persona fallece intestada, es decir, sin testamento, se expiden Cartas de Administración al Administrador. El administrador, que desempeñará las mismas funciones que el albacea, será nombrado por un tribunal.

El procedimiento para nombrar un administrador cuando no hay testamento consiste en analizar a los familiares vivos del fallecido. Después, se mira el orden de prioridad de cada uno para ver cuál cumple los requisitos para ser administrador. En general, lo más habitual es que el tribunal designe como administrador al cónyuge supérstite, los hijos, los nietos, etc. con parientes más lejanos. En caso de que el tribunal no pueda identificar a los familiares vivos del difunto, todos los bienes y activos serán propiedad del Estado.

Nota: Lea también nuestros artículos sobre la influencia indebida en los testamentos y los pasos para impugnar un testamento. Si desea profundizar en las diferencias entre sucesión testada e intestada, le recomendamos nuestro artículo al respecto

Responsabilidades y obligaciones del albacea testamentario

Desde la recaudación de los bienes, la liquidación de los asuntos, el pago de impuestos, deudas y otras reclamaciones, la administración de los bienes mientras dure el proceso y, por último, el reparto entre los beneficiarios. Todas estas acciones y tareas serán realizadas por el albacea testamentario en Nueva York. Cada uno de ellos seguirá al pie de la letra la voluntad de la persona fallecida expresada en el testamento.

Además de seguir las instrucciones, el albacea tiene responsabilidades. En primer lugar, el albacea debe cumplir el deber fiduciario, es decir, actuar con buena intención y no guiado por sus propios intereses. Si no lo hacen, pueden ser llevados ante los tribunales por incumplir esta responsabilidad. Y en segundo lugar, el albacea será responsable en caso de que la herencia sufra pérdidas y daños.

Qué debe hacer el albacea testamentario:

  • Ser nombrado albacea. Aunque la persona nombrada albacea en el testamento ya lo sabe de antemano, el albacea no puede hacer nada ni actuar hasta que haya sido nombrado oficialmente por el tribunal. Como hemos dicho antes, el albacea debe esperar a que se legalice el testamento y a que el tribunal nombre al albacea.
  • Cumplir la voluntad del difunto. Una vez que usted es legalmente el albacea de la herencia, puede empezar a cumplir la voluntad del difunto.
  • Listado de bienes muebles e inmuebles. Lo primero que debe hacer el albacea es enumerar todos los bienes del difunto. El albacea debe proteger cada uno de los bienes notificando a las entidades financieras el fallecimiento del titular de los mismos. Además, un albacea debe aprovechar esta oportunidad para presentarse como tal, y hacer saber a las instituciones que será la persona que se ocupará de todos los asuntos pendientes del difunto.
  • Tasaciones profesionales. Una vez que tenga la lista, es aconsejable contar con tasaciones profesionales de los bienes muebles e inmuebles, como obras de arte, joyas u otros artículos de lujo que puedan entrar en esa categoría.
  • Presentación de un inventario. Seis meses después del nombramiento del albacea, éste debe presentar el mencionado inventario en el que se enumeran todos los bienes muebles e inmuebles y sus respectivos valores.
  • Número de identificación fiscal. Debe solicitar a Hacienda un número de identificación fiscal para la herencia.
  • Abra una cuenta corriente patrimonial. Se recomienda que el albacea abra una cuenta corriente patrimonial una vez que ya haya recaudado algunos fondos. Para cumplir con el deber fiduciario y no mezclar las cosas, lo mejor es mantener la cuenta completamente separada de las finanzas personales del albacea. Así se evitarán malentendidos.
  • Pagar a acreedores y prestamistas. Antes de que el albacea comience a cumplir la voluntad del difunto en cuanto a la distribución de los bienes, debe comprobar si hay acreedores y prestamistas. El albacea debe analizar si esas reclamaciones y deudas son válidas. Si lo son, es su obligación pagarles.
  • Pagar los gastos de la herencia. En ese sentido, la herencia correrá con los gastos funerarios, las tasas judiciales, los honorarios del abogado que se encargue del proceso sucesorio, los gastos de tasación, etc.
  • Orden financiera. Esta es una de las funciones y tareas más importantes del albacea. Mantener las finanzas en orden, llevando un registro cuidadoso y detallado de cada una de las transacciones. Disponer de un libro donde el albacea anote todos los ingresos y gastos. Esto podría defenderle en caso de que alguien le acuse de incumplir su deber fiduciario.
  • Impuestos. Disponer de la declaración final del impuesto sobre la renta y de la declaración del impuesto sobre el patrimonio del difunto. En la misma línea, las declaraciones de impuestos estatales y federales sobre el patrimonio deben presentarse y prepararse a tiempo.
  • Distribuir la herencia entre los beneficiarios. Una vez pagados todos los gastos, impuestos y deudas, llega el momento de cumplir la última voluntad del difunto. Ha llegado el momento de distribuir los fondos de la herencia entre los beneficiarios. Cuando no hay testamento, los bienes se reparten entre los beneficiarios.

Nota: Lea también nuestro artículo sobre qué ocurre con una cuenta conjunta con un progenitor fallecido o cuando hay un seguro de vida sin beneficiario.

¿Se paga al albacea?

La mayoría de las veces, sí. Muchas veces depende de cada estado y algunos permiten compensaciones o, mejor dicho, comisiones al albacea por los servicios prestados a la herencia.

La cuantía de la indemnización está fijada por ley y difiere de un Estado a otro. Además, estas compensaciones son ingresos imponibles y deben declararse en la declaración de la renta.

Sin embargo, en la sucesión intestada, el albacea suele ser un familiar cercano o alguien de confianza que también es beneficiario. En ese caso, los fondos que el albacea recibe como beneficiario no se consideran ingresos imponibles.

Si está pensando en nombrar un albacea o acaban de nombrarlo uno, quizá le interese nuestro artículo sobre si el albacea debe mostrar la contabilidad a los beneficiarios.

Ejecutivo de Manhattan de Abogados de bienes para ayudar con las funciones de albacea

Elegir al albacea testamentario adecuado en Nueva York no es una decisión fácil. El albacea debe ser una persona de mucha confianza en la que usted confíe implícitamente. Además de la confianza, el albacea debe tener ciertos conocimientos financieros, ya que su principal trabajo será gestionar bien la herencia antes de que se distribuya a los beneficiarios.

Nuestros abogados especializados en sucesiones pueden asesorarle y acompañarle durante todo el proceso de redacción del testamento, así como en el nombramiento de un albacea. En Ortiz & Ortiz podemos proporcionarte:

  • Asesoramiento de primera clase en materia de planificación patrimonial.
  • Preparación y redacción de testamentos y otros documentos para ayudarle a planificar qué ocurrirá con sus bienes y propiedades cuando usted fallezca.
  • Recomendaciones sobre el nombramiento de un albacea, coejecutores y albacea suplente.

Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para ayudarle con su caso. Recuerde que nuestras oficinas se encuentran en Queens y Manhattan. No obstante, también ofrecemos consultas virtuales en cualquiera de los cinco distritos del estado de Nueva York.